Mi abogado no me defendió bien en el juicio: ¿puedo cambiarlo para la apelación?

Manos revisando los documentos de una carpeta archivadora

Durante el juicio tuvo la sensación de que algo no iba bien. Su abogado llegaba tarde a las audiencias, no interrogaba a los testigos clave o no presentó pruebas que usted le había entregado. Ahora la sentencia es condenatoria, y la pregunta es inevitable: ¿puedo cambiar de abogado para la apelación?

La respuesta corta es sí, y conviene saberlo cuanto antes. Pero hay dos preguntas distintas detrás de esta inquietud. Una es si puede cambiar de abogado; la otra, si los errores del abogado anterior pueden servir para anular la sentencia. La ley peruana responde de forma muy distinta a cada una.

Este artículo no pretende desacreditar a ningún colega. Muchos condenados creen que fueron mal defendidos cuando, en realidad, el caso era difícil. Pero hay situaciones en que la defensa fue verdaderamente deficiente, y la ley ofrece herramientas para corregirlas.

¿Puedo cambiar de abogado en cualquier momento?

Sí. El artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal reconoce el derecho de toda persona a ser asistida por un abogado defensor de su elección. Precisa, además, que el derecho de defensa se extiende a todo estado y grado del procedimiento. La apelación es uno de esos estados.

El Código de Ética del Abogado lo confirma desde el lado profesional. Su artículo 24 establece que el cliente tiene derecho, en cualquier momento, a solicitar la conclusión del encargo, sin tener que expresar los motivos de su decisión. Y su artículo 25 obliga al abogado sustituido a entregar la información y los documentos del caso sin causar un perjuicio al cliente.

En pocas palabras: usted no necesita justificar el cambio ni pedir permiso a su abogado actual. Basta con designar a uno nuevo y comunicarlo al juzgado por escrito, con sus datos y su domicilio procesal.

El plazo no espera al cambio de abogado

Aquí está el riesgo más importante. El plazo para apelar una sentencia es de cinco días, conforme al artículo 414 del Código Procesal Penal, y se cuenta desde el día siguiente a la notificación. La sentencia se entiende notificada con su lectura integral en la audiencia, según el artículo 396.

Ninguna norma suspende ni reinicia ese plazo porque usted cambie de abogado. Si decide cambiarlo, el nuevo defensor debe interponer o fundamentar el recurso dentro del mismo plazo. Por eso, la decisión de cambiar de abogado debe tomarse de inmediato, y el nuevo profesional debe empezar a trabajar el mismo día.

Un dato útil: el artículo 401 permite interponer la apelación en el mismo acto de lectura de la sentencia, aunque sea sin fundamentarla, o reservarse la decisión. Si usted duda de su abogado, asegúrese al menos de que el recurso se anuncie a tiempo. Perder el plazo es un error que no tiene remedio.

Una mala estrategia no es lo mismo que una defensa ineficaz

Esta es la distinción que más conviene entender. Una estrategia equivocada es una decisión técnica que no dio resultado: no llamar a un testigo, apostar por un argumento en lugar de otro. Una defensa ineficaz es algo más grave: es la ausencia de una defensa real, que deja al acusado prácticamente sin protección frente a la acusación.

El Tribunal Constitucional ha sido claro en que no le corresponde evaluar si la estrategia de un abogado particular fue la más adecuada. Lo que sí examina es si hubo una indefensión real. Entre los supuestos que ha identificado, de forma enunciativa, figuran no informar al acusado de los alcances de una conclusión anticipada y no interponer los recursos. También no fundamentarlos o presentarlos fuera de plazo.

La diferencia es decisiva. Una estrategia fallida puede corregirse en la apelación con una mejor defensa. Una defensa ineficaz, en cambio, puede llevar a anular el juicio, porque afecta el derecho de defensa en su contenido esencial.

¿Se puede anular un juicio por defensa ineficaz?

Sí, aunque no es frecuente. El artículo 150 del Código Procesal Penal considera nulidad absoluta, que puede declararse incluso de oficio, la inobservancia del contenido esencial de los derechos y garantías. También los defectos relativos a la asistencia del imputado por su defensor. Y el artículo 425 permite a la Sala de Apelaciones declarar la nulidad de la sentencia, en todo o en parte.

La Corte Suprema lo aplicó en el Recurso de Nulidad N° 2925-2012/Lima. El defensor había dado al acusado información equivocada que lo indujo a aceptar los cargos en una conclusión anticipada. La Corte declaró nula la sentencia y ordenó un nuevo juicio oral ante otro colegiado.

Si la apelación no prospera, la defensa ineficaz puede plantearse también en casación, por inobservancia de garantías constitucionales procesales. Y, cuando hay una afectación a la libertad, el Tribunal Constitucional ha admitido el hábeas corpus para proteger el derecho a ser asistido por un abogado libremente elegido.

Lo que debe revisar el nuevo abogado

Un abogado que llega a un caso ya juzgado tiene una ventaja: puede mirar el expediente con ojos frescos. Hay errores que se repiten y que conviene buscar desde el primer día. Uno de los más importantes es la correlación entre la acusación y la sentencia.

El artículo 397 del Código Procesal Penal prohíbe que la sentencia dé por acreditados hechos o circunstancias distintos de los descritos en la acusación, salvo que favorezcan al acusado. Impide también imponer una pena más grave que la pedida por el fiscal. Y solo permite cambiar la calificación jurídica si el juez advirtió antes a las partes. Si la sentencia se apartó de estas reglas, la apelación puede pedir su nulidad.

Por otra parte, el artículo 409 permite al tribunal de apelación declarar nulidades absolutas aunque el apelante no las haya advertido. Pero no es prudente confiar en ello: el nuevo abogado debe identificarlas y argumentarlas expresamente.

Por qué es difícil juzgar la defensa propia

Los psicólogos llaman sesgo retrospectivo a la tendencia a creer, después de conocer un resultado, que era previsible desde el principio. El psicólogo Baruch Fischhoff lo estudió en los años setenta. Una vez que llega la condena, cada decisión del abogado parece un error evidente, aunque en su momento fuera razonable.

Considero que este sesgo explica muchas de las quejas contra los abogados tras una condena. No siempre la derrota se debe a una mala defensa: a veces la prueba de cargo era sólida. Por eso, antes de plantear una defensa ineficaz, conviene que un abogado independiente revise el expediente con frialdad, sin la carga emocional de la sentencia.

¿Puedo quejarme ante el Colegio de Abogados?

Sí. El Código de Ética del Abogado obliga al profesional a actuar con responsabilidad y diligencia, y a mantener informado a su cliente. Si considera que su abogado incumplió esos deberes, puede presentar una queja ante el Colegio de Abogados correspondiente, que puede investigar de oficio o a pedido de parte.

El mismo código aclara que un proceso judicial en curso no impide el procedimiento disciplinario. Sin embargo, conviene ordenar las prioridades. La queja no salvará su apelación: lo urgente es presentar a tiempo el recurso y preparar bien la segunda instancia. La queja puede esperar unas semanas; el plazo de apelación, no.

Dónde falla el sistema

Considero que el derecho a una defensa eficaz es una de las garantías más importantes y menos vigiladas del proceso penal. Un juez que advierte que el abogado no interroga, no ofrece prueba o no conoce el expediente rara vez interviene. Y el acusado, que no es abogado, muchas veces no puede darse cuenta de lo que está ocurriendo.

La alternativa no es que el juez sustituya al abogado, lo que afectaría la libre elección del acusado. Es que los jueces adviertan al acusado cuando perciben una indefensión evidente, y que los tribunales superiores examinen con seriedad las alegaciones de defensa ineficaz, sin descartarlas como simples quejas del condenado.

Qué hacer si cree que no lo defendieron bien

  1. Asegure el plazo de apelación. Son cinco días; si duda de su abogado, que el recurso se anuncie en el mismo acto de lectura.
  2. Designe al nuevo abogado de inmediato. Y comuníquelo al juzgado por escrito.
  3. Pida al abogado anterior todo el expediente. El Código de Ética lo obliga a entregarlo sin perjudicarle.
  4. Obtenga los audios de las audiencias. Son la mejor prueba de lo que hizo o dejó de hacer la defensa.
  5. Distinga estrategia de indefensión. Solo la segunda permite anular el juicio; la primera se corrige con una buena apelación.

El derecho a una defensa real

El derecho de defensa, reconocido en el artículo 139, inciso 14, de la Constitución, no se cumple con la sola presencia de un abogado en la sala. Exige una defensa real, que conozca el caso y actúe con diligencia. Cuando falta, el proceso pierde su legitimidad.

Si usted cree que no fue bien defendido, tiene derecho a cambiar de abogado y, en los casos graves, a pedir que se anule el juicio. Pero el tiempo es el factor decisivo. La primera tarea del nuevo abogado no es criticar al anterior, sino asegurarse de que la apelación llegue a tiempo y bien fundada.